Tanto el material rodante que circula por las
vías como las propias vías, toda la infraestructura que componen
el sistema de alta velocidad y e igualmente el personal al mando
de los trenes deben pasar por estrictos controles de control de
sus materiales, funcionamiento y formación. También son
examinados los centros de mantenimiento del material rodante.
Todos estos componentes del sistema deben ser homologados por
una autoridad común que contrasta el cumplimiento de
determinadas especificaciones o características de esos
componentes. Esta homologación permite no solo que se cumpla una
norma, sino que esa norma pueda ser compartida y ello permita la
interoperabilidad del material rodante en redes ferroviarias de
distintos países.
La homologación ferroviaria es un requerimiento de la Unión
Europea, que a través de la Directiva Europea de Seguridad de
2004 especifica que los Estados Miembros de la UE establecerán
normas nacionales de seguridad vinculantes y velarán por que se
publiquen. Este requerimiento en el caso del material de alta
velocidad se plasma en la Norma Técnica de Circulación MA 009 de
prescripciones técnicas del material rodante de alta velocidad .
Es España, otorgar las homologaciones es competencia de la
Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
Así, se crea una norma sobre cómo debe ser el gálibo, para
permitir la circulación del material rodante, que a su vez está
sujeto a la necesaria certificación respecto a la circulación.
Se contrala la velocidad máxima, longitud máxima del tren, el
comportamiento dinámico del material y de los vehículos de caja
inclinable. Son homologadas de igual forma las cargas por eje,
los tipos de freno, los ejes, los bogies, las ruedas y los
rodamientos y grasas. Igualmente se exigen condiciones relativas
al frenado, a la tracción de los trenes y a la integridad del
tren.
La compatibilidad con la alimentación de la energía eléctrica se
debe garantizar cumpliendo las exigencias vinculadas con las
instalaciones de tracción eléctrica como es el rango de
funcionamiento (tensión y frecuencia), las características
concretas de los pantógrafos y la validación técnica de la
captación.
Respecto a los sistemas de mando y control y los equipamientos
para la seguridad de la circulación se requiere que los puestos
de conducción tengan tacómetros, dispositivos de hombre muerto,
indicadores de tensión de la línea, etc. Las cabinas de
conducción deben poseer unas condiciones de ergonomía (visibilidad,
audición) normalizadas y deben incluir las lunas laterales
homologadas y espejos retrovisores. Los sistemas de seguridad y
control de los trenes necesarios son ASFA y LZB, y equipamientos
de comunicación por radio Tren-Tierra (GSMR y equipo de
radiotelefonía)
Respecto a la seguridad de las personas se especifica cual debe
ser la resistencia de las cajas de los vehículos, la seguridad
contra incendios o el funcionamiento de las puertas de acceso e
intercirculaciones.
Para aplicar todas estas exigencias las normas hacen referencia
a documentación técnica de carácter nacional o internacional,
como las fichas UIC (Unión Internacional de Ferrocarriles), las
Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad (ETI), normas
europeas, Especificaciones Técnicas de Homologación y otras
normativas específicas.