Tanto el material rodante que circula por las 
				vías como las propias vías, toda la infraestructura que componen 
				el sistema de alta velocidad y e igualmente el personal al mando 
				de los trenes deben pasar por estrictos controles de control de 
				sus materiales, funcionamiento y formación. También son 
				examinados los centros de mantenimiento del material rodante.
				
				Todos estos componentes del sistema deben ser homologados por 
				una autoridad común que contrasta el cumplimiento de 
				determinadas especificaciones o características de esos 
				componentes. Esta homologación permite no solo que se cumpla una 
				norma, sino que esa norma pueda ser compartida y ello permita la 
				interoperabilidad del material rodante en redes ferroviarias de 
				distintos países.
				
				La homologación ferroviaria es un requerimiento de la Unión 
				Europea, que a través de la Directiva Europea de Seguridad de 
				2004 especifica que los Estados Miembros de la UE establecerán 
				normas nacionales de seguridad vinculantes y velarán por que se 
				publiquen. Este requerimiento en el caso del material de alta 
				velocidad se plasma en la Norma Técnica de Circulación MA 009 de 
				prescripciones técnicas del material rodante de alta velocidad . 
				Es España, otorgar las homologaciones es competencia de la 
				Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
				
				Así, se crea una norma sobre cómo debe ser el gálibo, para 
				permitir la circulación del material rodante, que a su vez está 
				sujeto a la necesaria certificación respecto a la circulación. 
				Se contrala la velocidad máxima, longitud máxima del tren, el 
				comportamiento dinámico del material y de los vehículos de caja 
				inclinable. Son homologadas de igual forma las cargas por eje, 
				los tipos de freno, los ejes, los bogies, las ruedas y los 
				rodamientos y grasas. Igualmente se exigen condiciones relativas 
				al frenado, a la tracción de los trenes y a la integridad del 
				tren.
				
				La compatibilidad con la alimentación de la energía eléctrica se 
				debe garantizar cumpliendo las exigencias vinculadas con las 
				instalaciones de tracción eléctrica como es el rango de 
				funcionamiento (tensión y frecuencia), las características 
				concretas de los pantógrafos y la validación técnica de la 
				captación.
				
				Respecto a los sistemas de mando y control y los equipamientos 
				para la seguridad de la circulación se requiere que los puestos 
				de conducción tengan tacómetros, dispositivos de hombre muerto, 
				indicadores de tensión de la línea, etc. Las cabinas de 
				conducción deben poseer unas condiciones de ergonomía (visibilidad, 
				audición) normalizadas y deben incluir las lunas laterales 
				homologadas y espejos retrovisores. Los sistemas de seguridad y 
				control de los trenes necesarios son ASFA y LZB, y equipamientos 
				de comunicación por radio Tren-Tierra (GSMR y equipo de 
				radiotelefonía)
				
				Respecto a la seguridad de las personas se especifica cual debe 
				ser la resistencia de las cajas de los vehículos, la seguridad 
				contra incendios o el funcionamiento de las puertas de acceso e 
				intercirculaciones. 
				
				Para aplicar todas estas exigencias las normas hacen referencia 
				a documentación técnica de carácter nacional o internacional, 
				como las fichas UIC (Unión Internacional de Ferrocarriles), las 
				Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad (ETI), normas 
				europeas, Especificaciones Técnicas de Homologación y otras 
				normativas específicas.